Módulo de Proyecto
Es un Módulo Profesional con formación transversal que se cursará en todos los ciclos de grado superior que:
a) Aglutina un conjunto de destrezas investigadoras, creativas, innovadoras y emprendedoras.
b) Desarrolla aspectos referidos a gestión empresarial y al ejercicio profesional.
c) Integra diversas capacidades y conocimientos del currículo del ciclo formativo, descubriendo variables tecnológicas y organizativas.
Se organizará sobre la base de tutorización individual y del departamento al que pertenece el ciclo.
Será elaborado por los alumnos simultáneamente a la realización del módulo profesional de FCT.
El profesorado encargado del seguimiento del proyecto establecerán una serie de sesiones presenciales al principio (al menos 6h) y al final del proyecto (al menos 6 h), así como unas horas de tutoría semanales
Se evaluará una vez cursado el módulo de FCT. Este módulo sólo dispone de dos convocatorias.
El jefe o jefa de departamento de la familia profesional convocará al alumnado que cursa el módulo profesional de proyecto a un acto en el que presentará ante el equipo docente la exposición del trabajo realizado (metodología, contenido y conclusiones).
La ausencia de presentación del proyecto, según lo estipulado en el artículo 43 de la Orden de 28 de septiembre de 2011, tendrá la consideración de convocatoria consumida, excepto si se presenta la correspondiente renuncia.
Los departamentos de cada familia profesional determinarán, en el marco del proyecto educativo, los proyectos que se propondrán para su desarrollo por el alumnado. Hay varios tipos de proyecto final de ciclo, como pueden ser:
- Proyectos de investigación experimental.
- Proyecto de emprendimiento y gestión empresarial.
- Proyecto de ejercicio profesional.
- Proyecto de perfeccionamiento de la práctica formativa en la empresa.
- Proyecto bibliográfico.
También existe la posibilidad de participar en convocatorias que se proponen desde centro para realizar proyectos multidisciplinares por parte de alumnado de varias familias profesionales o incluso colaborando incluso con alumnado de otros centros (red emprende).
Los proyectos también podrán ser propuestos por los propios alumnos y alumnas, en cuyo caso, se requerirá la aceptación del departamento de familia profesional correspondiente.
Cuando la propuesta de proyecto sea realizada por el alumnado, se seguirá el siguiente procedimiento según la Orden de 28 de septiembre de 2011:
- a) El alumno, alumna o grupo de ellos, presentará una propuesta que contenga la descripción del proyecto que pretende realizar, con treinta días de antelación a la fecha prevista para el inicio del módulo profesional de proyecto.
- b) El equipo docente, presidido por el tutor o tutora del grupo, en el plazo de una semana, valorará la propuesta y decidirá sobre su aceptación, teniendo en cuenta, al menos, su adecuación a los contenidos abordados en el ciclo formativo y la posibilidad de realización efectiva del proyecto en los plazos existentes. La decisión se hará constar en acta y se comunicará al alumnado por quien ejerza la tutoría del grupo.
- c) Cuando la propuesta no haya sido aceptada, el alumno o alumna dispondrá de un plazo de diez días para introducir las modificaciones oportunas o presentar una nueva propuesta de proyecto. Transcurrido dicho plazo, sin que se hubieran presentado modificaciones o una nueva propuesta, se entenderá que renuncia a la convocatoria del módulo profesional, salvo que acepte un proyecto propuesto por el profesorado responsable del proyecto, de entre los determinados por el departamento de familia profesional.
Para el alumnado que no haya propuesto ningún proyecto o cuando éste haya sido rechazado, se le propondrá uno de los proyectos determinados por el departamento de familia profesional.